FOLIOREGISTRO Y CUSTODIA
DE MARCA

Me están copiando la marca, ¿qué puedo hacer?

Todo depende de una pregunta: ¿tu marca está registrada? Si lo está, tienes un derecho exclusivo y la primera jugada casi siempre es una carta de cese, que resuelve la mayoría de los casos sin pleito y cuesta una fracción de lo que cuesta pelear. Si no está registrada, lo primero no es perseguir al que copia: es registrarla, porque sin registro no hay desde dónde reclamar y además corres el riesgo de que el otro la registre antes.

Si tu marca SÍ está registrada

  1. Documenta. Capturas con fecha, publicaciones, fotos del local o del producto, lo que haya. Sin pruebas no hay reclamo que se sostenga.
  2. Carta de cese y desistimiento. Es un escrito formal que le dice al otro qué derecho estás ejerciendo y qué esperas que deje de hacer. Resuelve la mayoría de los casos, porque casi nadie copia a sabiendas de que hay un registro atrás.
  3. Si no para, ahí sí hay procedimiento de infracción ante el IMPI. Eso ya es contencioso, con sus tiempos y sus costos.

Si tu marca NO está registrada

La conversación es otra. En México el derecho lo da el registro, y sin él no tienes el derecho exclusivo que te permitiría exigirle a alguien que deje de usar el nombre.

Y hay un riesgo que se vuelve urgente: si el que te está copiando la registra, el que termina sin poder usar su propio nombre eres tú. Pasa, y es de las cosas más caras de deshacer.

Así que el orden correcto es registrar primero. Suena a que te estamos vendiendo algo, y en parte sí, pero es también lo que dice la ley.

Lo que la gente intenta y rara vez funciona

Reclamarle por mensaje directo. Avisa al otro de que lo detectaste y le da tiempo de registrar o de borrar pruebas.

Reportarlo en redes sin tener registro. Las plataformas piden número de registro para actuar sobre una marca. Sin eso, el reporte casi siempre se queda en nada.

Preguntas

¿Puedo demandar a alguien que usa mi marca si no la tengo registrada?

Sin registro no tienes el derecho exclusivo sobre el signo, que es la base del reclamo. Hay figuras de competencia desleal, pero son más difíciles y más caras que simplemente haber registrado.

¿Qué es una carta de cese y desistimiento?

Un escrito formal donde le expones al tercero el derecho que tienes y le pides que deje de usar el signo, con un plazo. No es una demanda y no requiere juicio, y resuelve buena parte de los casos.

¿Y si lo que copian es mi logotipo?

Ahí entra también el derecho de autor. Un logotipo puede estar protegido como obra ante el INDAUTOR además de como marca ante el IMPI, y tener las dos cosas da más por dónde reclamar.

Qué cuesta resolverlo

  • Carta de cese y desistimientoCuando alguien está usando tu marca, la primera carta formal la firma la socia.$2,800
  • Registro de marca, primera clasePresentamos tu marca ante el IMPI y la cuidamos hasta que te den el título.$7,900
  • Registro de obra ante INDAUTORRegistrar el logotipo, el manual de marca o el sitio como obra, que es un derecho distinto.$2,999

Antes de cobrarte cualquier cosa, la abogada revisa tu expediente y te dice qué se puede hacer de verdad. Eso no cuesta nada y llega en 24 horas hábiles.

Que revisen mi caso

Fundamento: Artículo 220 de la LFPPI · Artículo 386 de la LFPPI. Revisado contra la ley vigente el 2026-10-02. Esta página explica la regla general y no sustituye la revisión de un expediente concreto.

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