Herramienta gratuita, sin registro
¿Cuándo tienes que declarar el uso de tu marca?
Pon la fecha de tu título y te damos el día exacto. Si esa ventana se te pasa, el registro caduca solo y el IMPI no tiene que avisarte. Es el artículo 233 y es el plazo que más marcas se lleva en México.
Por qué este plazo se lleva tantas marcas
En 2026 les toca declarar uso a los 146,901 registros que el IMPI concedió en 2023. En 2027, a los 165,222 de 2024. Nadie de esa lista va a recibir un correo recordándoselo, porque ese correo no existe.
El patrón ya se ve en los números del Instituto: en 2025 se negaron de fondo 9,824 solicitudes y se perdieron 63,490 por no contestar a tiempo. Seis veces y media más gente pierde su marca por una fecha que por tener una marca que no se podía registrar.
Lo que la gente pregunta
¿Qué pasa si no declaro el uso de mi marca?
El registro caduca de pleno derecho. El artículo 233 de la LFPPI dice que si el titular no declara el uso, el registro caducará sin que se requiera declaración por parte del Instituto. O sea que no hay requerimiento, no hay aviso y no hay forma de recuperarlo después: la marca simplemente deja de ser tuya.
¿El IMPI me avisa cuándo me toca?
No. No existe ningún recordatorio oficial. La fecha la tiene que llevar el titular o quien lo represente, y es la razón por la que este plazo se pierde más que cualquier otro del trámite.
¿Desde cuándo se cuentan los tres años?
Desde la fecha en que el IMPI otorgó el registro, que es la del título, no la de la solicitud ni la de la publicación en la Gaceta. Entre la solicitud y el título suele haber más de un año, así que usar la fecha equivocada mueve todo el cálculo.
¿Cuánto tiempo tengo para presentarla?
Tres meses, contados a partir de que se cumple el tercer año del otorgamiento. Por ejemplo, un título del 15 de septiembre de 2023 abre su ventana el 15 de septiembre de 2026 y la cierra el 15 de diciembre de 2026. No se prorroga.
¿Le aplica a todas las marcas?
No. Solo a los registros otorgados desde el 10 de agosto de 2018. Un título anterior a esa fecha no tiene que declarar uso al tercer año, aunque sí tiene que renovarse a los diez.
¿Se puede presentar fuera de plazo?
No. A diferencia de un oficio, que admite dos meses más pagando una tarifa, la declaración de uso no tiene prórroga ni plazo de gracia. Cerrada la ventana, se acabó.
¿Y si ya se me pasó?
Primero hay que ver el expediente, porque pasa que la declaración sí se presentó (por ejemplo, por el despacho que llevó el registro) y el titular no se enteró. Si de verdad caducó, lo que queda es volver a solicitar la marca desde cero, y ahí el riesgo es que alguien más la haya pedido mientras tanto.
¿Cuánto cuesta presentarla?
Nosotros cobramos $3,999 con la tarifa oficial del IMPI incluida. La declaración de uso no tiene ninguno de los descuentos oficiales que sí existen para el registro.
Si prefieres no andar cuidando fechas
La póliza de vigilancia cuesta $3,600 al año y lo que hace es justamente esto: llevar el calendario de tus marcas y avisarte con tiempo, además de revisar si alguien solicita algo parecido a lo tuyo. Presentar la declaración cuesta $3,999, con la tarifa del IMPI dentro.
Esta calculadora hace una cuenta de calendario sobre la fecha que escribiste. No sabe si tu registro existe, ni si ya se declaró, ni si la fecha es la correcta. Para eso hay que ver el expediente, y eso lo hace una abogada, no una página.